Educacion Social y Civica

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Educación Social y Cívica

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     Unidad 1 “La convivencia Social”

    • Las necesidades humanas como fundamento de la vida social (necesidades biológicas, sociales, económicas y culturales).

    • Interacción y control social.

    • Normas de convivencia, morales. Religiosas, usos sociales, jurídicas. Semejanzas y diferencias.

    • Obligatoriedad y jerarquización de las Normas jurídicas.

    • Formas de interacción social con énfasis en el conflicto (la violencia y sus consecuencias).

    • Posibles soluciones a los conflictos, mecanismos Complementarios a la Administración de Justicia.

    Unidad 2 “Organización Política Nacional”

    • Concepto de Estado, el Estado como una organización social y política.

    1. Elementos constitutivos

    2. Finalidad del Estado como organización

    • Concepto de Gobierno.

    • Principios básicos del sistema democrático.

    • Organigrama del Gobierno Nacional

    • Integración y funcionamiento de los tres poderes a nivel Nacional u Departamental

    Unidad 3 “Participación Ciudadana”

    El adolescente como sujeto de derecho: imagen, familia, salud, educación, recreación e identidad. 

    • Participación ciudadana.

    • Grupos de participación organizada, asociaciones gremiales y sindicales, asociaciones estudiantiles. Otras formas de asociación, partidos políticos. 

    • Ciudadanía, concepto. Tipos, electores no ciudadanos. Causales de suspensión. Perdida.

    • Derechos y deberes de los ciudadanos.

    • Sufragio, concepto y características.

    Unidad 4 “Derechos Humanos”

    • Concepto, desarrollo histórico.

    • Clasificación.

    • Protección constitucional, análisis y tratamiento de los mismos en Uruguay. 

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    Además de ver todo lo que vayamos cargando en nuestro blog, los invitamos a visitar la página de Uruguay Educa. En esta página, van a encontrar información sobre la materia como; mapas mentales, fichas, test, apuntes y diapositivas de todos los temas. La idea es sumar aprendizajes y que en si tienen dudas puedan ver ese material complementario y realizar las tareas que se encuentran en esa página. 

    Recursos de Educación Social y Cívica - Derecho - Sociología | Uruguay Educa (anep.edu.uy)

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     Control Social


    Al vivir en sociedad es muy importante que existan mecanismos  o se instrumenten las distintas conductas de los individuos, para ello es necesario la existencia de pautas o reglas, debe haber un orden en la sociedad, deben respetarse los derechos y las libertades de las personas, para todo esto es fundamental que existan  normas.

     

     En todas las sociedades hay pautas o normas que:

    ·                     pueden cumplirse, 

    ·                     cumplirse mal,

    ·                     no cumplirse.

      Para que las mismas se mantengan y cumplan con su finalidad, se hace necesario que el grupo de individuos ejerza cierta influencia.

     

    Para encauzar las conductas al cumplimiento de las normas, la sociedad emplea un conjunto de mecanismos al que denomina control social. Estos mecanismos varían según la sociedad y la cultura, y básicamente consisten en la presión que el grupo ejerce sobre el individuo.  

     

    NORMAS:


    Las normas son pautas o reglas que regulan la conducta, ajustan el comportamiento  del hombre en sociedad, podemos decir que dichas pautas son reglas que se basan o determinan lo que las personas debemos o no hacer, pensar, sentir en cada situación en que nos encontramos.

     

    Las normas varían de una cultura a otra y dentro de una cultura varían según los espacios y los tiempos.

    En toda organización social podemos encontrar diferentes tipos de normas, por ejemplo las normas morales, religiosas, sociales y jurídicas.

     

    Por ejemplo, saludar al vecino, ayudar a una persona necesitada, cruzar la calle con luz verde, ir a misa, pagar impuestos, no robar, éstas son algunas de las normas con las que convivimos a diario.

    En todas estas situaciones estamos frente a normas porque se indica una conducta que debemos realizar o una que no debemos realizar y una consecuencia frente al actuar del sujeto, que es la sanción (resultado del comportamiento del individuo).

     

    En este curso vamos a trabajar con los distintos tipos de normas:

     

     

    *Normas morales: son aquellas normas que tienen como finalidad la perfección individual, buscan que el sujeto sea mejor persona, establecen lo que una sociedad considera correcto o incorrecto, justo o injusto.

    Ejemplos: ayudar a una persona a cruzar la calle, no mentir, respetar al otro, etc.

     

    *Normas sociales: son reglas que regulan la cortesía, el decoro y las buenas costumbres en una sociedad determinada, son prácticas relativamente durables que tienen su aplicación en situaciones cotidianas como la forma de vestir, de comer, de saludar y otros muchos aspectos de la vida social, no imponen sanciones explícitas, no son coactivas porque no existe una obligación forzada por el grupo social al cual pertenece una persona, tienen como fin regular el actuar social de tal modo de lograr una convivencia armónica.

    Ejemplos: saludar, dar las gracias, abrirle la puerta a otra persona para que pase, no las impone el Estado sino que es la sociedad, quien también aplica la sanción.

     

    *Normas religiosas: estas normas regulan el comportamiento de un punto de vista sobrenatural, fueron las primeras normas en surgir a lo largo de la historia y protegieron sus valores a través de los mandamientos, provenían de la palabra de los Dioses.

    En la actualidad estas normas son cumplidas por las personas que adhieren a una determinada religión, se caracterizan por ser autónomas y unilaterales, son incoercibles  ya que no existen mecanismos para obligar a la persona a que las cumpla.

     

    *Normas jurídicas: son reglas que tienen por objeto ordenar y garantizar la vida en sociedad, los valores que la sustentan son la seguridad y la justicia, éstas normas se diferencian de las anteriores por dos de sus caracteres: bilateralidad y coercibilidad. A partir de estos caracteres decimos que la norma jurídica es una regla de comportamiento que se impone a la conducta humana, crea derechos y deberes correlativos o simultáneos (es bilateral) y puede aplicarse en forma coactiva, es decir a través de la fuerza (coercible).

     

    ¿Quién las crea?

     A diferencia de las otras normas éstas normas surgen de los órganos  del Estado a través del proceso de elaboración preestablecidos.

    Las normas jurídicas están escritas y expresan lo que está permitido o prohibido.

    Por ejemplo un estudiante que no guarde un comportamiento adecuado en el centro educativo podrá ser pasible de una sanción

    Son generales: establecen determinadas situaciones jurídicas que alcanzan a aquellos individuos que se hallen comprendidos dentro de ellas.

    Son exteriores y heterónomas,  también son imperativas u obligatorias porque tienen por finalidad que un acto se realice o no.

    Ejemplos: pagar impuestos, respetar señales de tránsito, llevar casco y chaleco si circulo en moto, respetar la vida del prójimo, etc.

     

     

    SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS DE LAS NORMAS DE CONDUCTA

    Tipos de Normas

    Vínculo

    Albedrío

    Fuerza

    Valoración

    Morales

    Unilaterales

    Autonomía

    Incoercible

    Interioridad

    Sociales

    Unilaterales

    Heteronomía

    Incoercible

    Exterioridad

    Religiosas

    Unilaterales

    Autonomía

    Incoercible

    Interioridad

    Jurídicas

    Bilaterales

    Heteronomía

    Coercible

    Exterioridad

     

    -      Bilateralidad: establece obligaciones para unos en función de conceder facultades para otros.

    -     Unilaterales: establecen solamente deberes, por lo tanto, una persona no puede exigir un comportamiento a otro (no puedo obligar a nadie a saludarme).

     

    -    Generalidad: se impone a un número indeterminado de personas, en forma abstracta, dirigida a todas las personas comprendidas en una situación determinada.

     

    -    Autonomía: significa respetar algo que surge del convencimiento del propio sujeto, su autorregulación y autoconvencimiento.

     

    -   Imperatividad: imponen una conducta del sujeto, no sugieren.

     

    -    Coercibilidad: posibilidad de emplear la fuerza cuando la norma es desobedecida (sanción en potencia). La coacción es el efectivo empleo de la fuerza (no fuerza física, es el resultado del incumplimiento de la norma).

     

    -      Exterioridad: rige la actividad externa de las personas, refieren a lo que se visualiza del comportamiento o sea su conducta.

     

    -     Heterónoma: la norma es impuesta a las personas desde afuera, no surge del propio sujeto. Las personas deben someterse a las normas jurídicas y no importa si ellas coinciden con nuestra forma de pensar, no importa lo que se piense sobre las normas, son obligatorias igual.

     

    -      Incoercibilidad: no existe la posibilidad de usar la fuerza en caso de incumplimiento de la norma, no puede ser exigido su cumplimiento, requieren la adhesión voluntaria de las personas.

     

    -      Interioridad: significa que rige los actos internos, pensamientos e intenciones. Pero no basta con que sean buenos pensamientos si estos no se plasman en actitudes.

     



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    Actividad sobre el tema 

    Según los diferentes tipos de normas analizadas (normas morales, sociales, religiosas y jurídicas), analiza y relaciona las siguientes imágenes con el tipo de norma que creas correspondiente. Además, reflexiona sobre dos características de las normas que te sugieren de las imágenes. 











     

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    Es un sistema de normas jurídicas, que se aplican en un Estado en un momento determinado, que constituyen un sistema coherente y armónico, regido por el principio de no contradicción.

     

    Las normas jurídicas vigentes en un país están ordenadas según su jerarquía o importancia.

    La fuerza de una norma consiste en la posibilidad que tenga para derogar o modificar lo establecido por otra norma, por ejemplo, la Constitución es la norma jurídica de mayor fuerza ya que si cualquier otra norma la contradice ella puede dejarla sin efecto.

     

     

    Orden Jurídico uruguayo 

     

        Primer nivel:

    Constitución y DDHH aceptados por Uruguay.

     

        Segundo nivel:

    Leyes, Tratados internacionales ratificados por Ley, Códigos y decretos de las Juntas Departamentales.

     

                                                             Tercer nivel:

    Actos administrativos generales, reglamentos, decretos del Poder Ejecutivo y resoluciones de los gobiernos departamentales

     

                                                         Cuarto Nivel:

     

    Normas individualizadas: sentencias, contratos, testamentos y actos Administrativos particulares.

     

     

    Por ahora nos vamos a detener un poco en la Constitución: ella es la norma jurídica interna de mayor jerarquía, superior a todas.
    Jurídicamente por  Constitución entendemos la norma fundamental que rige en un Estado y que, en nuestro país ha sido elaborada según un procedimiento establecido en ella misma (Art. 331) y que regula dos grandes temáticas en función de la cual podemos decir que tiene dos grandes partes: Orgánica y Dogmática.

    Su parte Orgánica es la que regula la organización del Estado y del gobierno, establece por ejemplo cuáles son sus órganos, la integración, qué cometidos tienen y cómo se relacionan entre sí (Artículo 73 al final).



    Su parte Dogmática "establece los valores filosóficos y políticos que el constituyente ha elegido" (Sosa: T2 2002; pág.14) y se concretan por ejemplo en la enumeración de los derechos y deberes reconocidos a los habitantes de un Estado, en síntesis, es la parte que refiere a los derechos humanos (Art.1 al 72).

    La Constitución vigente fue aprobada en 1967 y fue modificada en forma parcial en 1989, 1994, 1996 y 2004..


    PARA LEER LA CONSTITUCIÓN:

    1- Tiene 332 artículos organizados en diecinueve secciones, cada una de ellas se identifica con un número romano y con un título que te indica el tema del cual tratará.

    De estas diecinueve secciones, las secciones I, II y III constituyen la parte dogmática y las restantes su parte orgánica.

    2- Estructura Interna: está organizada en capítulos, cada uno de los cuales se identifica con un número y constituye un subtema del tema que está indicando el título de la sección.

    3- Los capítulos de cada sección a su vez, se dividen en artículos.

     

    4- Los artículos se organizan de manera distinta: Por ejemplo algunos se organizan solo en párrafos, para referirnos a cada párrafo usamos la expresión inciso. De esta manera el artículo primero tiene un único inciso.

    Algunos artículos tienen párrafos que se identifican con números o con letras, para referirnos a ellos usamos las expresiones numeral y literal. Por ejemplo, el artículo 77 está organizado en numerales y para referir a uno de ellos lo expresamos 77/4, y leemos artículo 77 numeral cuatro. El artículo 331 está organizado en literales: podemos, leer, por ejemplo 331/A, artículo 331 literal A.

    5- Si observas luego del artículo 332 encontrarás una parte titulada "Disposiciones transitorias y especiales" .

    Las transitorias son aquellas que tienen vigencia hasta cierta fecha o acontecimiento, por ejemplo la letra W sobre elecciones internas que rige hasta que ese tema sea regulado por ley. Las especiales tienen carácter permanente pero el constituyente las separó por no ser materia de la Constitución, por ejemplo la letra V donde declara inconstitucionales algunas leyes.

     

    Mecanismo de reforma: en el caso de la Constitución de nuestro país, el artículo 332, establece como se modifica. Hay cuatro formas para modificarla, no obstante todas ellas tienen dos aspectos comunes: primero que es necesario que alguien piense un proyecto que establezca qué es lo que se va a modificar; segundo, que es la ciudadanía quien va a decidir si aprueba dicho proyecto, y lo hará votando si o no. En ésta última etapa para la reforma es el Plebiscito. Este puede ser definido como la consulta a la ciudadanía para que, a través del sufragio, opine sobre el proyecto de reforma, si esta vota "si" la Constitución se modifica y si vota "no" se mantiene como estaba.

     

    Siguiendo con el análisis de cada una de las normas jurídicas que se hallan en la pirámide, vemos que en el segundo escalón se hallan los Tratados Internacionales: Tienen fuerza y valor de ley pero poseen una jerarquía inferior a la Constitución.  Etapas: Negociación, Suscripción, Aprobación y ratificación (Art. 85 y 168 de la Constitución).

     

    Ley: Es la norma Jurídica elaborada por el Poder Legislativo  y promulgada por el Ejecutivo. Requiere de un proceso de elaboración. Etapas: Iniciativa, discusión, Sanción, Promulgación – Publicación.

     

     Códigos: son leyes que contienen normas que están ordenadas y sistematizadas por temas .Ejemplo: Código Civil, Penal, etc.

     

    Decretos de las Juntas Departamentales: siguen el mismo procedimiento de elaboración de la ley  pero en el ámbito departamental.

     

    Reglamentos: Son normas de carácter general dictadas por los organismos del Estado y reciben distintos nombres según el órgano que los dicte:

    -       Decreto: lo dicta el Poder Ejecutivo.

    -       Circular: la dicta Enseñanza Secundaria.

    -       Acordadas: las dicta la Suprema Corte de Justicia.

    -       Ordenanzas: las dicta  el Tribunal de Cuentas.

    -       Reglamentos: los dictan las Intendencias

     

    Normas individualizadas: Son normas jurídicas que tienen un efecto particular, por ejemplo una sentencia dictada por el juez, un testamento .

     

    Contrato: acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear, modificar o extinguir una obligación.

     

    PRINCIPIOS DEL ORDEN JURÍDICO:

     

     

    Principio de jerarquía: Este principio consiste en que si dos normas de diferente jerarquía se contradicen, debe dejarse de aplicar la de menor jerarquía. En el caso de que una ley ordinaria contradiga a lo estipulado en la Constitución de la República, va a prevalecer lo que establezca ésta última.

    Principio de derogación: Derogar consiste dejar sin efecto una norma jurídica porque ya no tendrá valor hacia el futuro. Se aplica cuando la contradicción es entre dos normas de  igual jerarquía y dictadas  por el mismo órgano pero en diferentes momentos, entonces la norma posterior deroga a la anterior. Un ejemplo: la Constitución de 1967 derogó a la anterior.
    Principio de competencia: la competencia es la aptitud que tienen los órganos del Estado para dictar normas jurídicas dentro de cierto ámbito territorial, en relación a determinadas materias o asuntos, y sobre determinada población. Por ejemplo, un Gobierno Departamental tiene competencia para dictar normas jurídicas sobre el tránsito urbano aplicables dentro del departamento y a las personas que en él se encuentren. Este principio se aplica cuando se contradicen dos normas de igual jerarquía pero dictadas por órganos con diferente competencia, va a prevalecer en este caso la norma que haya sido dictada por el órgano competente.


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    El mundo, la vida diaria, las relaciones grupales, las relaciones personales nos enfrentan cotidianamente a los conflictos, estos pueden ser destructivos cuando no son evitados, suprimidos o evadidos, pero no siempre son acontecimientos indeseables.

    Muchas veces los conflictos son una oportunidad para poder desarrollarnos personal o grupalmente siempre que utilicemos al diálogo como camino constructivo, aprender  a enfrentar y resolver los conflictos de una manera constructiva, no violenta.




    Cuando hablamos de violencia ¿A qué nos referimos exactamente?

    La violencia es un fenómeno social, económico y /o cultural que cada vez se hace más frecuente en la sociedad, muchos pueden ser los grupos o seres que se convierten en víctimas de violencia, decimos que estamos ante una situación violenta cuando una o varias personas someten a otra u otras, convirtiéndola o convirtiéndolas en víctimas de un maltrato que puede ser físico, psicológico o moral.

    ---Algunas definiciones de violencia:

    La Organización Mundial de la Salud define a la violencia como: ´´El uso de la fuerza o el poder físico de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo, o comunidad, que cause o tenga posibilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, privaciones,etc.´´

    La legislación uruguaya  define a la violencia doméstica como:

    ´´Toda acción u omisión directa o indirecta que por cualquier medio menoscabe, limitando ilegítimamente el libre ejercicio  o goce de los derechos  humanos, de una persona causada por otra, con la cual tenga o haya tenido una relación de noviazgo o con la cual tenga o haya tenido una relación afectiva´´. Ley No 17.514/02

    Existen varias manifestaciones de violencia:

    -Violencia física: es la acción, omisión o patrón de conducta que dañe la integridad corporal de una persona.

    - Violencia psicológica o emocional: toda acción u omisión que tiene como fin perturbar, degradar o controlar la conducta, el comportamiento, las creencias o las decisiones de una persona mediante la humillación, intimidación, aislamiento o cualquier otro medio que afecte la estabilidad psicológica o emocional.

    - Violencia sexual: toda acción que imponga o deduzca conductas sexuales a una persona mediante el uso de la fuerza, intimidación, coerción, manipulación, amenaza o cualquier otro medio que anule o limite la libertad sexual.

    - Violencia patrimonial: toda acción u omisión que con legitimidad manifiesta implique daño,  pérdida, transformación, sustracción, destrucción, ocultamiento o retención de bienes.

    Toda manifestación de violencia es una violación a los derechos humanos, el que ejerce violencia no reconoce a su víctima como persona que posee derechos, esta relación se asienta en el abuso, abusar es hacer uso del otro o de los atributos del otro considerándolo como objeto y no como sujeto.

    La violencia, en su desarrollo, describe un ciclo que muchas veces  es muy difícil de cortar sobre todo en las víctimas y los victimarios.




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    Este ciclo o patrón de conducta nos ayuda a comprender la dinámica de actuación de los agresores y las víctimas. El “ciclo de la violencia” comprende 3 fases:

    Fase 1. Acumulación de tensión

    La tensión es el resultado del aumento de conflictos en la pareja. El maltratador es agresivo, aunque aún no lo demuestra con violencia física sí lo hace a través de humillaciones, insultos y la víctima trata de calmar la situación evitando  hacer aquello que cree que disgusta a su pareja, pensando que puede evitar la futura agresión. Esta fase se puede alargar durante años.

    Fase 2. Explosión violenta

    Es el resultado de la tensión acumulada en la primera fase. El maltratador ejerce la violencia a través de agresiones verbales, psicológicas, físicas y/o sexuales.

    Fase 3. Arrepentimiento

    Durante esta etapa la tensión y las agresiones desaparecen y el agresor se muestra arrepentido por lo que ha hecho, colmando a la víctima de promesas de cambio. Esta fase también se denomina  “luna de miel”, porque se muestran amables y cariñosos, emulando la idea de la vuelta al comienzo de la relación de afectividad. A menudo la víctima concede al agresor otra oportunidad, creyendo en sus promesas.

    Sin embargo, esta etapa de arrepentimiento dará paso a una nueva fase de tensión. El ciclo se repetirá varias veces y, poco a poco, la última fase se irá haciendo más corta y las agresiones cada vez más violentas. Tras varias repeticiones del ciclo, la fase 3 llegará a desaparecer, comenzando la fase de tensión inmediatamente después de la agresión.




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     Actividad sobre el tema


    Parte 1) La consigna de esta actividad se basa en que puedan leer las noticias e identificar a qué tipo de violencia pertenecen; física, psicológica o emocional, patrimonial o sexual.

    1 - https://www.presidencia.gub.uy/comunicacion/comunicacionnoticias/uruguay-sede-congreso-mobbing-bullyng

    2 - https://www.subrayado.com.uy/uruguay-registra-dos-casos-dia-abuso-sexual-contra-ninos-y-adolescentes-n572873

    3 - https://www.minterior.gub.uy/index.php/unicom/noticias/7341-se-presentaron-los-datos-sobre-violencia-domestica-y-de-genero

    4 - https://www.montevideo.com.uy/Noticias/-Violencia-patrimonial-fue-clave-para-tipificar-femicidio-en-crimen-de-Dolores-uc668859


    Parte 2) - Luego de ver detenidamente las imágenes y de reflexionar sobre el material proporcionado de violencia, indica a que tipo de violencia corresponde cada imagen. Piensa sobre algún caso de violencia que hayas presenciado y vincúlalo con alguno de los tipos. 
                          
                                     
                                        
                                             
                                           

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    A continuación encontrarás cifras y datos sobre Uruguay. En el enlace adjunto se muestra el fenómeno bullying. En el mismo, 6 de cada 10 dijo haberlo padecido entre los 11 y los 15 años y solo el 26% reconoce haber participado del hostigamiento.


    https://www.elpais.com.uy/domingo/mal-silencioso-amenaza-epidemia.html


    En el siguiente enlace, encontrarás datos referidos a nuestro país, Uruguay acerca de Indicadores de violencia de género de los años 2016, 2017, 2018 y 2019. Además, cifras reales en cuanto al aumento de los femicidios y de los eventos de violencia doméstica. 

    https://www.gub.uy/comunicacion/publicaciones/indicadores

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                                        https://www.youtube.com/watch?v=4CBwovBatgI
     


    Los invitamos a mirar el video y en base a esto, se pregunten qué saben sobre bullying, partiendo de un test sobre el tema que les servirá como guía. 
    A continuación debe ingresar al siguiente link:

    CP_RDS: BULLYING (uruguayeduca.edu.uy)


    El término bullying proviene de la voz inglesa bully, que en general refiere a personas que se aprovechan de otras o se valen de amenazas para intimidar, la traducción más parecida sería la de "matón".
    La encuesta utilizada por la psicóloga Silvana Giachero fue realizada por Internet a un conjunto de 490 personas, cuyas edades van de los 7 a los 76 años.
    Un 95% de los encuestados dijo saber qué era el fenómeno del bullying. Esto habla de un amplio conocimiento en la sociedad.
    Un 64,4% dijo haberlo padecido entre los 11 a los 15 años. Pero también la encuesta menciona una importante cantidad de respuestas que dicen haberlo sufrido entre los 5 y los 10 años.
    Un 83% dijo haber conocido personas que sufrieron el bullying en etapas liceales, también en escolares.
    Un 26% reconoce haber sido cómplice de bullying, 41% de estos dijo haberlo hecho por pertenencia de grupo. En este mismo grupo a 16% le pareció divertido y 11% cree que la víctima lo merecía.
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